Declaración Universal de los Derechos Sexuales
Declaración Universal de los Derechos Sexuales.
La Declaración de los Derechos Sexuales constituyó uno de los elementos fundamentales del nuevo documento sobre Salud Sexual elaborado por un comité de expertos a instancias de la OMS en Guatemala en el año 2000.
Los derechos sexuales son derechos humanos universales basados en la libertad, dignidad e igualdad inherentes a todos los seres humanos. Dado que la salud es un derecho humano fundamental, la salud sexual debe ser un derecho humano básico. Para asegurar el desarrollo de una sexualidad saludable en los seres humanos y las sociedades, los derechos sexuales siguientes deben ser reconocidos, promovidos, respetados y defendidos por todas las sociedades con todos sus medios.
1 – El derecho a la libertad sexual.
La libertad sexual abarca la posibilidad de la plena expresión del potencial sexual de los individuos. Se excluye toda forma de coerción, explotación y de abusos sexuales en cualquier tiempo y situación de la vida.
2 – El derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexual.
3 – El derecho a la privacidad sexual.
4 – El derecho a la equidad sexual.
5 – El derecho al placer sexual.
6 – El derecho a la expresión sexual emocional.
7 – El derecho a la libre asociación sexual.
8 – El derecho a la toma de decisiones reproductivas, libres y responsables.
9 – El derecho a información basada en el conocimiento científico.
10 – El derecho a la educación sexual integral.
11 – El derecho a la atención de la salud sexual.
LOS DERECHOS SEXUALES SON DERECHOS HUMANOS FUNDAMENTALES Y UNIVERSALES.
Declaración del XIII Congreso Mundial de Sexología, 1997, celebrado en Valencia, revisada y aprobada por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Sexología, WAS, el 26 de agosto de 1999, en el XIV Congreso Mundial de Sexología, celebrado en Hong Kong, República Popular China.